POR JOSÉ LUIS RINALDI
Cumpliéndose este año un siglo de la publicación de la Encíclica “Quas Primas”, se han llevado a cabo actos académicos y La Prensa le dedicó varios artículos.
Estas líneas solo pretenden poner en tiempo y espacio el documento, dar una breve explicación de su contenido y busca responder qué vigencia tienen hoy sus enseñanzas.
UBICACION HISTORICA
Fue dada a conocer por el Papa Pío XI, quien reinó entre los años 1922 y 1939.
Le tocó gobernar la Iglesia en lo que podemos denominar el período de “entre guerras”, el cual fue tumultuoso en varios países: la afirmación del comunismo en la ex Unión Soviética, la desunión de los vencedores de la Gran Guerra, la marcha sobre Roma, la expansión y consolidación del fascismo, la guerra civil española, la situación en México gobernado por los masones, la crisis de la República de Weimar y la aparición del nazismo, etc. y fue mostrando las fallas del Tratado de Versailles y la poca utilidad de la Sociedad de las Naciones, en la cual se había puesto la esperanza de que no se repitiera un conflicto mundial.
Durante su Papado se resolvió la cuestión romana, así denominado el conflicto entre el Estado italiano y la Santa Sede, durante el cual los Papas se consideraron presos en el Vaticano desde Pío IX. Ello se dio a través de los pactos lateranos.
Fue un Papa muy prolífico en cuanto a documentos emitidos, al punto que se lo conoce como “el Papa de las Encíclicas”.
Durante su Pontificado, dio a conocer entre otras muchas cinco encíclicas vinculadas directamente con la situación de la Iglesia o los regímenes políticos en cuatro países: “Iniquis afflictisque”. Sobre la situación de la Iglesia en México, en 1926; “Non abbiamo bisogno”, acerca del fascismo en Italia, en 1931; “Divini Illus Magistri”, relacionada con el monopolio de la educación en Italia por el fascismo (1929); “Mit Brennender sorge”, ante el advenimiento del nazismo en Alemania, en el año 1937; “Divini Redemptoris”, condenando al comunismo, también del año 1937.
El Papa Ratti, como así se apellidaba, da a conocer la encíclica “Quas Primas” (Q.P.) el día 11 de diciembre de 1925, esto es, antes de la serie de Encíclicas que he mencionado vinculadas a la situación de diversos países. Sin embargo, diría que no puede leerse desvinculada de esos documentos posteriores.
SU CONTENIDO
El esquema de la encíclica es sencillo y lineal:
* Introducción.
* Un capítulo acerca de la Realeza de Cristo.
* Un segundo capítulo sobre el carácter de la Realeza de Cristo.
* Un tercer Capítulo titulado “La fiesta de Jesucristo Rey”.
INTRODUCCION
Es breve pero importante. La inicia mencionando la primera de las encíclicas que había dictado en su Pontificado, llamada “Ubi arcano”, de Diciembre de 1922, esto es, tres años antes de la “Q.P.”.
En la Ubi arcano, el Papa hace una descripción de la situación mundial, de los males que lo aquejan, sus causas, los remedios, etc. Nos interesa destacar aquí que entre esos remedios, en los párrafos 41 a 43, señala al “Reinado de Cristo” como uno de esos remedios. Allí confirma su lema papal y que repetirá en la Q.P.: “Realizar la paz de Cristo en el reino de Cristo”.
Nos dice allí textualmente: “no hay medio más eficaz para restablecer y vigorizar la paz que procurar la restauración del reinado de Cristo”, palabras que nos hacen recordar el lema de su antecesor, San Pío X. Y nos adelanta la razón de la Encíclica: introducir en la liturgia la Fiesta de Cristo Rey.
PRIMER CAPITULO
Afirma que Cristo Rey lo es en un “sentido metafórico”, y así se lo ha reconocido desde antiguo, sosteniendo que reina en la inteligencia, la voluntad y los corazones de los hombres. Pero también, y quizá es lo más significativo, habla de un reinado “en sentido propio y estricto”, ya que como hombre, Jesucristo recibió “la potestad, el honor y el reino”, con cita del Libro del profeta Daniel.
La realeza de Cristo la basa y fundamenta Pío XI en:
* El Antiguo Testamento: con citas del Libro de los Números, de los Salmos, de Daniel, de Isaías de Jeremías, la profecía de Zacarías.
* El Nuevo Testamento: el mensaje del arcángel Gabriel a la Virgen en la Anunciación; el interrogante de Pilato a Jesús y su respuesta; su mandato antes de su Ascensión al cielo; en el Apocalipsis se lo nombra como “Rey de Reyes y Señor de los que dominan”.
* La Liturgia: en la Santa Misa, y en los actos diarios de oración la realeza de Cristo es exaltada y reconocida.
* La unión hipostática: a través de la unión de la naturaleza divina y humana en Cristo, Cristo como hombre es Rey y así debe ser adorado.
* La redención: Cristo impera sobre nosotros no solo por derecho de naturaleza, sino también por derecho de conquista, ya que nos ha redimido y hemos costado un precio grande, que nos ha hecho incluso miembros de Cristo.
SEGUNDO CAPITULO
Nos explica el carácter de la realeza de Cristo. Señala que tiene Jesucristo una triple potestad: como legislador (nos da leyes), como Juez (Él es el único que juzga pues el Padre le ha dado esa potestad) y tiene también la potestad ejecutiva, pues debemos obedecer a su mandato.
¿Qué abarca esa Realeza respecto a los fieles? Abarca a toda la persona humana. Lo espiritual y lo temporal, los individuos y la sociedad. En todo debe estar la realeza de Cristo.
Dos cuestiones quisiera destacar: Al referirse al ámbito de lo temporal, dice textualmente Pío XI: “Erraría gravemente el que negase a Cristo hombre el poder sobre todas las cosas humanas y temporales puesto que el Padre le confirió un derecho absolutísimo sobre las cosas creadas”. Una reiteración de la definición del Concilio de Trento Canon 21 de la sexta sesión.
Es dogma de fe que Jesucristo está sentado a la derecha del Padre, y que en palabras de Santo Tomás de Aquino es lo mismo que “compartir junto con el Padre la gloria de la divinidad, la bienaventuranza y la potestad judicial, y esto perpetuamente y como rey” (ST, III, q. 58, a. 1 resp; a. 2 resp.)
Y al referirse a los frutos y beneficios que recibirían los hombres si privada y públicamente reconocieran la realeza de Cristo, señala S.S.: “Justa libertad, tranquilidad y disciplina, paz y concordia”. Al fin el Papa proclama la felicidad de que podríamos gozar si dejásemos gobernar a Cristo.
TERCER CAPITULO
Aquí es donde Pío XI instituye solemnemente en la liturgia la Fiesta de Jesucristo Rey, a fin de que “se propague lo más posible el conocimiento de la regia dignidad de nuestro Salvador”. Señala que ya desde fines del siglo XIX se ha venido preparando la institución de esta festividad, habiendo sido muy importantes las celebraciones de los Congresos Eucarísticos.
Dispone que se celebre el último domingo de octubre, y que también ese día se renueve la consagración de todo el género humano al Sacratísimo Corazón de Jesús.
Y concluye la Encíclica reiterando los frutos que esta festividad y reconocimiento de Cristo Rey derramará sobre la Iglesia, la sociedad civil y los fieles.
¿Qué significa hoy la realeza social de Cristo? Por una parte, podemos afirmar que la Realeza de Jesucristo cabe interpretarla, además de social, como política, pues debe impregnar también a las instituciones políticas de cada país, conforme al régimen que libremente hayan elegido.
Y si Pío XI la concibió como un remedio para la situación del mundo en aquél entonces, año 1925, su valor y vigencia no puede ser puesta en dudas, desde el momento que la humanidad ha ido agudizando su crisis y alejándose aún más de los frutos que traería la implementación de la Realeza de Cristo en la sociedad.
Por ello es que mantiene su vigencia el propiciar y trabajar en la búsqueda de un Estado que respete el orden de la Creación, cuyas leyes sean acordes a la ley natural y que facilite así la realización del bien común temporal y trascendente; y ello necesariamente llevará consigo el respeto a la recta libertad religiosa de sus ciudadanos. Que fomente la vida virtuosa del ciudadano, con especial énfasis en la justicia como virtud social, y a la cual el propio Estado debe estar subordinado; un Estado que esté abierto a la dimensión religiosa del hombre.
DEBER DE LAS NACIONES
Señala Pío XI el deber de las naciones de adorar públicamente y obedecer a Jesucristo, deber que no solo obliga a los particulares, sino también a los magistrados y gobernantes.
No se trata entonces de un Estado Confesional, en el cual se imponga profesar una determinada religión, y menos aún hacer uso de la fuerza para lograrlo en el cual no se respetan las opciones personales. Pero tampoco de un Estado laico o secularizado, en el cual no existe el respeto de la opción religiosa del ciudadano y por el contrario, son términos con una clara connotación negativa, que buscan la ateización de la sociedad. Ni es tampoco el Estado pluralista, donde por sobre un dato sociológico real cual son las diversas etnias, culturas, tradiciones, etc., se terminan poniendo en pie de igualdad todas las cosmovisiones del hombre, por un supuesto respeto a las minorías.
Sea entonces la Fiesta de Cristo Rey un punto de partida para implementar un Estado que facilite la vida de Fe, y un punto de llegada al Reino de los Cielos.
Instaurar todo en Cristo y restaurar todo en Cristo.