La Corte Suprema ratificó un fallo a favor de la libertad de prensa, por una publicación del diario deportivo Olé, ante una demanda que le había entablado un "ferviente simpatizante" de Boca Juniors, caracterizado como presunto barra brava.
Así lo revelaron fuentes judiciales, quienes precisaron que el máximo tribunal, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, dejó firme un fallo de la Sala D de la Cámara Civil de mediados de 2011.
La resolución de Cámara, ahora convalidada por los jueces de la Corte, había señalado que "ninguna duda cabe de la íntima conexión" entre el socio de Boca, Santiago "el Gitano" Lancry, quien se declaró agraviado por la publicación y la barra brava de la institución.
Lancry había demandado civilmente a Olé por un artículo publicado el domingo 30 de enero de 2000, con el título "La interna de la barra de Boca, la vendetta fue a los balazos".
La nota "daba cuenta de un enfrentamiento ocurrido en la ciudad de Mar del Plata el día 29 de enero de 1999, (en la que) se detallaba una supuesta interna entre los miembros de dicho grupo".
Lancry sostuvo que "fue sindicado falazmente como uno de los líderes de la hinchada y de haber participado en el ataque a seguidores del club Chacarita en marzo de 1999, lo que determinó una prohibición judicial de entrar a la institución de su simpatía durante la mayor parte de ese año".
Lancry aseguró que es "un ferviente simpatizante" y no un líder de la barra brava de Boca. Pero la Justicia no le creyó. "Ninguna duda cabe de la íntima conexión que existe entre Lancry y el grupo que se conoce como barra brava de Boca, de cuyo club es socio. Abundar en mayores consideraciones resulta, obviamente innecesario", habían dicho los camaristas Diego Sánchez y Patricia Barbieri.
En contrario, Ana Brilla de Serrat se había inclinado por darle la razón a Lancry.
Sus colegas consideraron que no se había afectado al barra brava: "no se consideran acreditados de modo alguno los prescindibles presupuestos de la responsabilidad civil".
"Si bien la noticia en virtud de la cual se promueve esta demanda pudo no ser totalmente acertada, en el contexto en que se fueron sucediendo los acontecimientos y haciendo una valoración particularizada de este caso, tomando en cuenta las circunstancias concretas en que la noticia fue divulgada, que se trataba de una noticia de interés general", indicaron.
Los jueces recordaron que Lancry "fue detenido luego en función de su investigación, tomándosele declaración como imputado, no procesado, de haber participado en esos hechos violentos, admitiendo el nombrado el haber estado en el estadio en aquél momento, aunque sin participar de los mismos".
Ahora, la Corte Suprema, al declarar "inadmisible" la última Apelación del abogado de Lancry, Pablo Leonardo Brugnone, dejó firme la sentencia.