La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió nuevamente el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales y reglamentó la deducción de alquileres, mediante la Resolución General 5551/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial.
La medida fijó como nuevo vencimiento el 30 de septiembre para que los trabajadores, cuyo importe bruto de las rentas durante el periodo fiscal 2023 sea igual o superior a $15.917.863,58, cumplan con la obligación impositiva.
La ampliación dispuesta por el organismo tributario se suma a la adecuación de los vencimientos generales prorrogados mediante la Resolución General N° 5516/2024 y a la extensión otorgada por la Resolución General N° 5519/2024 para la presentación del SiRADIG.
La decisión de la AFIP de correr los vencimientos programados está vinculada a las nuevas condiciones establecidas en el Paquete Fiscal, sancionado la semana pasada por el Congreso, ya que las “previsiones impactan en la liquidación de, entre otros, el impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2023”.
Además, la normativa reglamentó la deducción de alquileres por lo que se introdujeron modificaciones en la presentación de la declaración jurada informativa de bienes, ingresos, gastos y deducciones para los contribuyentes que informen rentas obtenidas por el alquiler de inmuebles.
De esta manera, los empleados que deban informar la deducción por los alquileres de 2023 tienen tiempo hasta el 15 de julio próximo para que los empleadores la puedan considerar en la liquidación anual de 2023. Una vez pasado dicho plazo, ya no se podrá realizar.
La AFIP estipuló que a los efectos de aplicar la deducción del importe del alquiler correspondiente al período fiscal 2023 deberán tenerse en cuenta las siguientes pautas: