Opinión

Fuerte advertencia a­ la Corte por el 2x1­

Claves de la Justicia - La Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires lanzó un sonoro llamado "a la sensatez republicana" para que el fallo del máximo tribunal no vulnere las garantías consagradas en el Código Penal y en la Constitución Nacional.­

Días antes de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva la validez constitucional de la ley 27.362, que eliminó el beneficio del 2x1 para los condenados por la represión en la década del setenta, la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires lanzó un fuerte llamado "a la sensatez republicana" para que el fallo del máximo tribunal no vulnere las garantías consagradas en el Código Penal y en la Constitución Nacional.­

La entidad rectora del Derecho se expresa así en un comunicado en el que recuerda que "la aplicación de la ley penal más benigna, tal como está regulada en el artículo 2 del Código Penal, es una garantía que por integrar el concepto de ley penal previsto en el artículo 18 de la Constitución Nacional (...) no puede ser desconocido", si es que la sociedad y su dirigencia aspiran a una convivencia basada en la tolerancia, la libertad, la dignidad y el progreso, tal como ya lo declaró en mayo de 2017.­

Señala, además, que esa garantía se adecua "a las prescripciones de los artículos 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", normas que tienen jerarquía constitucional.­

La Corte Suprema ya dictó sentencia a favor de la defensa de Luis Muiña el 3 de mayo de 2017, quien había recurrido ante el máximo tribunal luego de que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal le anulara el beneficio del 2x1 dispuesto por la ley 24.390, es decir, la posibilidad de computar dos días de reclusión por cada día de encarcelamiento cautelar, después de los dos primeros años de prisión preventiva.­

Pero las protestas y movilizaciones callejeras llevaron al Congreso a aprobar una `ley aclaratoria', sancionada luego con el número 27.362, que limitó la aplicación del 2x1 a los condenados por delitos denominados de lesa humanidad.­

Con el antecedente de esa ley `interpretativa', la Corte se expedirá mañana -en forma ahora extensiva- sobre si es constitucional la aplicación del 2x1 en las causas de delitos de lesa humanidad. Para este fallo se eligió el caso del ex jefe de Inteligencia del Ejército Rufino Batalla, quien tiene una condena a 13 años y pidió que se le aplique la ley más benigna.­

La Academia Nacional de Derecho reiteró en su comunicado, fechado el pasado martes, que "el criterio hermenéutico aplicado el 3 de mayo de 2017 por la mayoría de los jueces de la Corte Suprema en la causa `Muiña' se ajustó a una estricta aplicación de la ley conforme a las reglas del Estado de Derecho".­

La declaración, que lleva la firma del presidente de la Academia, el doctor Jorge Vanossi, llama la atención sobre el hecho de que el principio de benignidad incluso "rige en el ámbito de aplicación del Estatuto de Roma (artículo 24.2) que regula la actividad jurisdiccional de la Corte Penal Internacional con competencia para juzgar los crímenes de genocidio, lesa humanidad, guerra y agresión, sin distinguir el carácter o la gravedad del delito".­

El comunicado de la Academia contiene una fuerte advertencia sobre las consecuencias de convalidar el criterio emanado del Congreso. En efecto, sostiene que "la ley 27.362, sancionada en un clima de precipitación, improvisación y agravios a la independencia del Poder Judicial de la Nación, no tiene carácter aclaratorio de la ley 24.390 y del artículo 2 del Código Penal", sino que "constituye un nuevo ordenamiento que bajo ningún concepto podría aplicarse de modo retroactivo sin vulnerar el artículo 18 de la Constitución Nacional".­