El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la elevación de los impuestos a todas las exportaciones, en los términos anticipados ayer por el ministro de Hacienda Nicolás Dujovne, para obtener los recursos claves para cerrar el bache fiscal antes del pago de intereses de la deuda pública.
La novedad respecto de los anuncios que daban cuenta de dos escalas nuevas de tributación fija adicional a los valores que rigieron hasta el cierre de agosto de $4 para los productos primarios, y de $3 para los bienes elaborados, es que fija una alícuota general de emergencia de 12 por ciento.
Pero, en el artículo siguiente la norma especifica: "el derecho de exportación establecido en el artículo 1º no podrá exceder de $4 por cada Dólar Estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda".
Y agrega a punto seguido: "para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) detalladas en el Anexo I que forma parte de este decreto, ese límite será de $3 por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda", bienes manufacturados.
La medida se fijó con carácter transitorio: "hasta el 31 de diciembre de 2020 regirá un derecho del 12% a la exportación para consumo de todas las mercaderías", con los límites máximos de $4 para los productos primarios y de $3 para los elaborados, según se detalla en dos anexos al decreto 793.
Al tipo de cambio promedio de $37,40 por dólar en el mercado mayorista que se negoció ayer los montos máximos y mínimos fijos de las nuevas retenciones representaron sendas alícuotas adicionales de 10,7% y 8%, respectivamente.
Para que los productos pasen a tributar la alícuota máxima de 12% adicional la cotización del dólar para el comercio exterior debería caer por debajo de $33,33 para los productos primarios y de $25 para el resto.