Por violación de la propiedad intelectual del docente universitario

Los estudiantes que graben la clase pueden ir presos

Los alumnos podrían recibir hasta seis años de cárcel. El ombudsman nacional estudia emitir una recomendación que cuestiona la aplicabilidad del derecho de autor al intercambio académico en las aulas.

Los alumnos universitarios que graben a un profesor dictando clases sin tener su autorización expresa podrían recibir hasta seis años de cárcel por violación de la propiedad intelectual del docente, aunque el ombudsman nacional estudia emitir una recomendación que cuestiona la aplicabilidad del derecho de autor al intercambio académico en las aulas. En la Defensoría del Pueblo de la Nación, donde estudiaban el reclamo de un alumno de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) al que un profesor le prohibió la grabación de sus clases, sostienen que "la aplicación de las normas de protección de la propiedad intelectual en esos casos es un error". Según fuentes de la Defensoría, el ombudsman Eduardo Mondino analizaba el envío en las próximas horas a la UBA de una recomendación para que se permitiera a los estudiantes el registro de las clases que dicten sus profesores por entender que "la ley no establece un derecho subjetivo sobre las ideas sino sobre la obra concreta". En tanto, Rodrigo Cozzani, presidente del Centro de estudiantes de Derecho de la UBA, afirmó que "en un ámbito académico, donde debe producirse una efectiva transferencia docente-alumno, el derecho de propiedad intelectual debe ceder ante la necesidad de socializar el conocimiento". Sin embargo, Cozzani explicó que "en nuestra facultad no es común que los profesores prohiban a los alumnos grabar sus clases", y aseguró que "si una actitud así se generalizara, nosotros intervendríamos como representantes de los estudiantes para enfrentarla". DELITO Inés García Delgado, asesora legal de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, explicó que "las clases dictadas por un docente están comprendidas entre las obras orales, como es el caso de una conferencia o declamaciones poéticas, y tienen plena cobertura por medio de la Ley 11.723 de propiedad intelectual". "Su grabación sin permiso del profesor implicaría la comisión del delito de reproducción, que es caratulado como defraudación, correspondiendo, según el artículo 72 de la Ley del Derecho de Autor, una pena que puede ir de un mes a seis años de prisión", detalló García Delgado. La asesora legal admitió que "hasta donde yo sé, nunca recibimos consultas al respecto y entiendo que encarcelar a un alumno por esto sería llevar las cosas demasiado lejos, pero legalmente, el docente tiene derecho a prohibir a sus alumnos que le graben las clases". Al respecto, voceros del Consejo Directivo de la Facultad de Derecho de la UBA confirmaron que "no existe una resolución académica que diga que se pueden grabar o no las clases, por lo que la práctica habitual es dejar librada esta decisión al criterio del docente". "Sabemos que en el último tiempo se produjeron varios casos de prohibiciones por parte de algunos profesores, pero en la mayoría de los casos tuvo que ver con materias en las que había alumnos que registraban las clases y después comercializaban las desgrabaciones", revelaron las fuentes. Cozzani aceptó que "la venta de desgrabaciones es totalmente reprochable y debe prohibirse, pero a mí no me consta que ese tipo de actividad se dé en nuestra facultad". Por su parte, Daniel Ricci, secretario gremial de la Confederación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU), defendió el derecho de los profesores a decidir si permiten o no la grabación de las clases. "Nuestra posición es que el alumno debe preguntar antes de ponerse a grabar una clase, porque entendemos que hay determinados casos en los que la publicidad de los dichos del docente, fuera del ámbito estricto del aula, puede acarrearle problemas en el ejercicio de su profesión", explicó Ricci.