La Haya rechazó el reclamo de Bolivia para negociar con Chile la salida al mar

La Corte Internacional de Justicia de la ONU rechazó el pedido del país liderado por Evo Morales, por 12 votos contra tres.

La CIJ anunció que desestimó la demanda boliviana que reclamaba una obligación de negociar para Chile una salida soberana al Océano Pacífico, el cual perdió hace 139 años tras la Guerra del Pacífico.

La lectura del fallo comenzó a las 15.00 hora local (13.00 GMT), duró poco más de una hora y se leyeron los párrafos más importantes del documento. El escenario final fue el más favorable posible para Chile, al descartar todos los argumentos de Bolivia, con 12 votos contra tres.

La Corte sostuvo que el país costero ha tenido la disposición de negociar, pero no cuenta con ninguna obligación a hacerlo. Se espera que Bolivia insista en su reclamo, ya que su Constitución afirma que es una cuestión "irrenunciable", pero aún se desconoce la futura estrategia de acción.

La Paz basó parte de sus argumentos jurídicos en que Santiago ha accedido a discutir el tema marítimo en varias ocasiones a lo largo de los últimos cien años. Esos diálogos, aunque infructuosos, le habrían ocasionado a Chile una obligación de seguir negociando, según el país altiplánico. Sin embargo, la Corte consideró que son insuficientes para constituir una obligación de negociación.

Chile por su parte argumentaba que el Tratado de 1904 ya fijó las fronteras entre los dos Estados y que las reclamaciones bolivianas de acceso soberano al mar supondrían, en la práctica, una sesión de territorio, opción que no estaría sobre la mesa.

La Corte fue rechazando, punto por punto, todos los argumentos de la tesis boliviana. Al no haber obligación de negociación, la Corte también desestimó el reclamo, por 12 votos contra 3, sobre el supuesto incumplimiento de este compromiso.

 

14.15 GMT: Por 12 votos contra 3, la Corte Internacional de Justicia resolvió que Chile no contrajo la obligación de negociar un acceso soberano al Pacífico para Bolivia
El tribunal, además, dijo esperar que esta decisión no evite discusiones sobre el tema, ya que ambas partes lo han señalado como de interés.
14.12 GMT: El juez descarta el "elemento acumulativo" de los argumentos presentados previamente, por encima del peso individual de cada uno, una tesis también presentada por Bolivia.
14.10 GMT: A más de una hora del inicio de la lectura del fallo, la Corte no ha respaldado ninguno de los argumentos presentados por Bolivia.
14.01 GMT: "El argumento de Bolivia basado en las expectativas legítimas no se puede sostener", explica en otro punto el tribunal.
13.56 GMT: El argumento del stoppel (la propia conducta de Chile en detrimento propio) también fue rechazado por el tribunal
13.53 GMT: Sobre la aquiescencia de Chile en otras instancias diplomáticas, como las multilaterales, la Corte también considera que es un argumento insuficiente.
Hasta ahora, ningún punto del fallo favorece las posturas de la parte boliviana.
13.52 GMT: La Corte considera que las declaraciones de Chile y otros actos unilaterales presentados por Bolivia se manifiestan en voluntad y no obligación. "La Corte concluye que la obligación de negociar no puede fundarse en los actos unilaterales de Chile".
"Bolivia no ha identificado una declaración por parte de Chile que implique una obligación de negociar una salida al mar". Pasa ahora a analizar el argumento de la "aquiescencia" de Chile con respecto al tema.
13.48 GMT: "La Corte concluye que los instrumentos bilaterales presentados por Bolivia no establecen la obligación por parte de Chile de negociar el acceso soberano al Océano Pacífico", declaró el presidente, rebatiendo uno de los argumentos de la parte boliviana. Pasa ahora a la evaluación de los instrumentos unilaterales por parte de Chile.
13.44 GMT: La CIJ también descarta a la Declaración de Algarve (2000) como fuente de obligación hacia Chile para negociar con Bolivia. "La mera mención de la cuestión marítima no puede dar a las partes una obligación de negociación", explica el fallo.
13.38 GMT: La Corte también consideró que el Acuerdo de Charaña (1975-1978) no constituye un compromiso político de negociar una salida al mar. "La obligación de Chile de negociar no puede ser deducida a raíz del contenido de la declaración de Charaña", afirmó el mandatario
13.33 GMT: El presidente del tribunal indicó que el intercambio de notas de 1950 no es de conformidad con la práctica habitual del derecho internacional y no enumera "ningún compromiso ni ningún punto de acuerdo ni desacuerdo", por lo que este intercambio epistolar "no puede ser considerado" como un acuerdo internacional o una intención de negociar.
Si la Corte descarta otras instancias que Bolivia asegura que tienen peso jurídico, favorecería la postura de Chile, al dejar sin antecedentes que respalden una obligación de negociar.
13.20 GMT: El tribunal apunta que los acuerdos que no han sido concluidos por escrito también pueden tener valor jurídico, aunque la evidencia debe ser contundente

13.15 GMT: El Presidente de la CIJ citó propio fallo de la Corte sobre jurisdicción, y recuerda que la decisión no incluye compromiso de llegar a un acuerdo.

13.02 GMT: El somalí Abdulqawi Ahmed Yusuf, presidente del tribunal, comenzó su presentación con un repaso de los antecedentes históricos del litigio.