La Cámara Nacional Electoral, con una integración especial, habilitó la candidatura a senador nacional por La Rioja del ex presidente, Carlos Menem.
Los jueces Eduardo Farah, Martín Irurzun y Jorge Luis Ballestero, convocados después de un fallo de la Corte Suprema que anuló la inhabilitación de Menem, rechazó por extemporáneas las objeciones a la postulación. Y despejó, de esa manera, el camino para que el ex primer mandatario pueda presentarse como candidato en octubre próximo.
El fallo coincidió con lo que había dictaminado el fiscal electoral Jorge Di Lello y fue desoído por la formación original de la Cámara Electoral: que el plazo para la presentación de impugnaciones se encontraba vencido cuando una fuerza adversaria al justicialismo riojano objetó la postulación.
"A poco que se observe el cronograma electoral 2017 y la fecha de presentación de la impugnación que ahora se trata, se advierte que los plazos, como lo señala el "a quo", se hallaban un mes vencidos desde la fecha de oficialización de la precandidatura cuestionada, evento que provoca una serie de efectos electorales que no pueden ser subsanados jurisdiccionalmente", sostuvo el fallo.
"La norma establece quiénes están legitimados para llevar adelante cada uno de los actos y su contralor. Así, dice la normativa que son las juntas electorales las que tienen a su cargo la verificación de que los precandidatos cumplan con los requisitos constitucionales y legales que presentan las diferentes listas, sin que se prevea la intervención en la etapa del proceso de los demás partidos políticos o electores. Tal el supuesto que nos ocupa en que el recurrente interpone impugnación a una precandidatura de otro partido político", se añadió.
Además, el fallo recogió la postura de la Corte Suprema, que el 22 de agosto pasado había explicado que la condena que pesa sobre Menem todavía no está firme, justamente, porque falta un segundo fallo de la Cámara Federal de Casación Penal y, finalmente, un pronunciamiento de la propia Corte.
"La condena dictada en la causa Armas no se encuentra firme, por lo cual no es impedimento para la postulación a senador nacional de Menem", sostuvo la resolución.
"El fiscal interviniente se expide sobre el punto, afirmando que el único supuesto en el que una condena penal resultaría obstáculo a ser elegido es la condena firme pasada en autoridad de cosa juzgada, que conforme la legislación vigente generaría la inhabilitación consecuente", sostiene la resolución.