La belleza de los libros

Grandes claves del derecho eclesiástico


El arzobispo de Buenos Aires, monseñor Jorge García Cuerva, presentó en la Universidad Católica Argentina (UCA) el libro Derecho y religión: Derecho eclesiástico argentino, que aborda "una disciplina joven que sigue en construcción" en la legislación, la jurisprudencia y la doctrina. El primado argentino calificó el libro como "una excelente obra de consulta para todos, especialmente sobre temas específicos donde, como es costumbre, los argentinos tocamos de oído". Cabe precisar que por derecho eclesiástico se entiende no un régimen interno de la Iglesia sino toda la configuración jurídica que el ordenamiento estatal atribuye a la Iglesia y las confesiones religiosas, al hecho religioso en la sociedad. Se trata de la segunda edición actualizada de un libro publicado hace siete años por Norberto Padilla (fallecido en 2020), Juan Navarro Floria y Octavio Lo Prete, presentes en el acto. "Ambos han sido profesores míos en la licenciatura de derecho canónico -precisó el arzobispo-, con lo cual, así como el Derecho Eclesiástico es un derecho in fieri, que se está haciendo, y sigue en construcción en esta realidad tan cambiante, también lo es nuestra realidad personal: hace unos años alumno de los autores, hoy el arzobispo de Buenos Aires, el ex alumno, humildemente presenta la obra".

Navarro Floria a su vez manifestó que hay pocas cosas más reconfortantes para un profesor que ver que el alumno lo supera y ocupa lugares de relevancia, y confesó que es una alegría y un orgullo ver que un egresado de la Universidad que uno tuvo como alumno en sus clases es hoy el gran canciller de la casa de estudios. García Cuerva terminó compartiendo plenamente la opinión de los autores al afirmar que el Derecho Eclesiástico es una rama del derecho estatal que debería integrar la currícula de las facultades de derecho de todas las universidades tanto laicas como confesionales, como ocurre en otros países. Al respecto, Navarro Floria especificó que es una materia del plan de estudios en universidades de distintos países de Europa y de los Estados Unidos.

CONSIDERACIÓN POSITIVA

A su vez, Lo Prete precisó que desde que el hecho religioso comenzó a tener incidencia en el orden civil, fue necesario aplicar principios y crear normas que regulasen esos vínculos. "Es evidente decirlo, no se trata de regular la religión en sí, sino el

fenómeno religios en tanto adquiera trascendencia social… Si hay una consideración positiva del factor religioso, la regulación entonces será para promover y facilitar su lugar en la sociedad, no para limitarlo o exhibir hostilidad". Señaló que la cátedra de Derecho Eclesiástico Argentino en la UCA, a cargo de Navarro Floria, fue fundamental para ir generando un programa de estudio, para ir sistematizando el derecho eclesiástico que estaba disperso porque en casi todas las ramas del derecho había normas acerca de la religión (desde el Derecho Constitucional al Derecho Civil, desde el Derecho Administrativo al Derecho Laboral, Tributario o Penal). "Juan Navarro Floria tuvo la virtud de estructurar la disciplina", observó. Este último a su vez dijo que hace ya décadas fue convocado a dar clase de una materia "que no conocíamos" y recordó que su padre, Juan Navarro Pizzurno, catedrático universitario, decía que un profesor al principio habla de lo que no sabe; después, de lo que sabe, y llega a ser un buen profesor cuando habla de lo que los alumnos "tienen que saber". Recordó que no había libros, había cosas sueltas, y con Norberto Padilla, primero, y Lo Prete después, fueron haciendo una experiencia práctica, consultando, buscando fuentes. También les ayudó el estar en la función pública, gestionando problemas concretos: Padilla fue secretario de Culto, él fue jefe de gabinete en esa secretaría y Lo Prete fue asesor. Y el libro que hicieron se agotó y se propusieron actualizarlo.

LA FE DE LOS MAYORES

Al final, García Cuerva citó un texto de la Conferencia Episcopal Argentina previo a la reforma constitucional de 1994, que, dijo, "creo es una piedra fundamental que sostiene y reclama la necesidad de un derecho eclesiástico argentino". Dice así: "La referencia explícita a Dios reafirma nuestras raíces más hondas y da sentido a nuestro ser de Nación, que nace y crece en la fe de los mayores. Las diversas razas y culturas que formaron la Argentina encuentran su unidad en la fe de un ser supremo. Nuestro régimen es teísta, no ateo ni neutro. Aun para el argentino que no tiene fe, la religión debe ser valorada como factor de cultura que hace a la Nación". El libro es editado por Educa y tiene 495 páginas. Lo encabeza el prólogo a la primera edición, que redactó el académico nacional de Derecho y Ciencias Sociales Alfonso Santiago.