La devolución de Ganancias por el aguinaldo podrá pedirse en la AFIP desde el 16 de agosto

El organismo habilitará un trámite online para reclamar ese beneficio y la exención de Bienes Personales. Habrá que estar regla con el organismo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará el 16 de agosto el trámite online para reclamar la exención al impuesto a los Bienes Personales y la devolución del impuesto a las Ganancias al medio aguinaldo de junio pasado.

Así consta en la Resolución General 3919, una de las dos normativas que reglamentan la ley de blanqueo de capitales que la AFIP publicó en el Boletín Oficial.

Como parte de los programas de blanqueo de capitales y moratoria impositiva, el Gobierno "premiará" a los buenos contribuyentes con la exención del impuesto a los Bienes Personales correspondiente a 2016, 2017 y 2018. Los que no estén alcanzados por Bienes Personales, podrán pedir la devolución del impuesto a las Ganancias del medio aguinaldo. No serán trámites sencillos.

La AFIP habilitará una herramienta especial para tramitar estas devoluciones en su página web a partir del 16 de agosto y hasta el 31 de marzo de 2017.

El contribuyente deberá ingresar con su clave fiscal con nivel de seguridad 3 a la web de la AFIP. Allí se habilitará el servicio "Sistema Registral" y la opción "Características especiales".

En el ítem "Ley 27.260 - Beneficio contribuyentes cumplidores", se habilitarán los distintos beneficios a solicitar: la exención de Bienes Personales o la devolución de Ganancias al medio aguinaldo. Son excluyentes: quien tramite el no pago de Bienes Personales no podrá pedir que le restituyan lo que le retuvieron de Ganancias al Sueldo Anual Complementario de mitad de año.

Además, habrá que constituir ante la AFIP un domicilio fiscal electrónico e informar teléfono y dirección de mail de contacto.

Los beneficios no serán automáticos y la AFIP controlará:

a) La presentación de todas las declaraciones juradas correspondientes a los períodos fiscales 2014 y 2015. Habrá que estar al día con los trámites ante el organismo.

b) La inexistencia de deudas líquidas y exigibles correspondientes a las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, relativas a los dos últimos años.

La devolución de los anticipos por Bienes Personales, en caso de corresponder, se efectuará a la cuenta bancaria del contribuyente.

En el caso de la devolución de Ganancias, el beneficiario deberá informar el trámite a su empleador. Para eso, deberá ingresar al servicio "SiRADIG - Trabajador" de la AFIP.

Una vez que la AFIP destrabe el reintregro del impuesto sobre el medio aguinaldo, el empleador lo depositará en la cuenta bancaria del beneficiario. "El beneficio correspondiente deberá identificarse claramente en el respectivo recibo de haberes", dispone la norma.